gilberto soto

 

Buen día tenga usted, en esta su columna, hoy charlaremos de un concepto que en los últimos años se ha vuelto elemental para comprobar la realización de adquisiciones de bienes o servicios, la cual es la Razón de Negocios.

 

En los últimos años las autoridades fiscales cuando ejercer sus facultades de comprobación han venido rechazando ciertas operaciones realizadas por los contribuyentes, presumiendo que las mismas son inexistentes o simuladas, pero veamos que es la razón de negocios, la cual es una doctrina que busca contrarrestar esquemas de elusión fiscal mediante la atribución de consecuencias fiscales acordes con la sustancia económica de una operación licita, existente y valida, pero realizada sin la finalidad de obtener un beneficio económico o comercial.

 

Cada acto o actividad comercial, intervienen la voluntades, actos jurídicos, para esto es importante demostrar la existencia de un acto o negocio, comprobando su finalidad, su razón de negocios, donde se busca la obtención de ganancias, beneficios, utilidades o como gustemos llamarle.

 

Lo anterior podemos resumir que toda operación realizada por el contribuyente debe estar relacionada con la necesidad de realizar la erogación para poder obtener el ingreso de la actividad que realiza.

 

Para demostrar la razón de negocios de la operaciones realizadas, se debe, acreditar y evidenciar que, las operaciones efectuadas, y de las cuales derivo una deducción o acreditamiento, el contribuyente obtuvo un beneficio económico cuantificable, existiendo un motivo o necesidad para llevar a cabo dicha operación, siendo esta acorde al fin económico de la empresa.

 

Así mismo se tiene que tener elementos físicos, documentales, hechos, archivos fotográficos, etc, con lo que podamos acreditar una operación o situación jurídica, consistente en la información que efectivamente ampare que se entregó un bien o se prestó un servicio, es decir, documentos que demuestren que los ingresos obtenidos, las deducciones o acreditamientos realizados se originan de operaciones reales.

 

Estimado leedor, es muy común que las operaciones se realicen mediante acuerdos verbales lo cual no esta prohibido, sin embargo demostrarlas bajo ese esquema es un paso difícil, debemos irnos acostumbrando a documentar las operaciones que realizamos tomando muy en cuenta la cuantía y la importancia de las mismas, recordemos que lo verbal no se documenta.

 

CP y MI Gilberto Soto

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