Una de la deducciones autorizadas de carácter anual que las Personas Físicas tienen derecho a deducir de su ingreso para la determinación de la base para el calculo del impuesto en su declaración anual, son los intereses que pagan por un crédito hipotecario que tengan.
Pero bien dicha deducción está prevista en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), que establece que la parte que puede ser deducible del crédito hipotecario son los intereses reales que pagaste durante el año. Se puede aplicar esta deducción de intereses reales que se pagan a entidades bancarias y a los organismos de vivienda, como el Infonavit y el Fovissste.
Dicho interes real se obtiene de la operación aritmetica de restar la tasa anual de inflación a la tasa de interes efectivamente pagado, una de las condiciones para hacer efectivo el reembolso es que el monto total del crédito no exceda las 750 mil unidades de inversión (UDIs), es decir, aproximadamente 4.5 millones de pesos, pues el valor de la UDI se modifica periódicamente.
La devolución de los intereses reales también está sujeta a un límite de deducciones, solo puedes deducir los intereses reales de tu crédito hipotecario si el monto de los intereses, más la suma de las otras posibles deducciones que incluyas en tu declaración anual, no sea superior al 15% de tu ingreso anual o a 5 salarios mínimos generales.
Como sabemos durante el ejercicio del año 2021 el Banco de México señalo que la inflación en nuestro pais fue del 7.36% lo cual, por una parte beneficiara a la Autoridad pero caso contario al contribuyente ya que si usted tiene contratado un Crédito Hipotecario y esta pagando una tasa anula del 11% el interese real que unicamente podra deducir sera del 3.64%, esto si lo comparamos con el año 2020 donde la inflación anual fue del 3.15% el interes real que usted pudo deducir bajo las mismas condiciones del ejemplo fue del 7.85%.
Llevandolo a pesos y centavos, usted tiene un crédito por un monto de 300 mil pesos al 11% anual, pago de intereses hipotecarios 33,000 pesos, pero el interese deducible es 3.64% por lo que de ese importe unicamente podra deducir 10,920 pesos, mientras que esa misma condición si fuese el año 2020 usted pudo deducir 23,550 pesos.
Muchos contribuyentes se veran afectados y veran disminuidos sus saldos a favor que año tras año venian solicitando al fisco federal, dinero con el cual cuentan, que tendran, pero en menor cuantia.
CP y MI Gilberto Soto Beltrán
Emial: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Twitter: @gilsoto70
Facebook: Gilberto Soto