Culiacán, Sinaloa. 02 de diciembre del 2024. La Comisión de Hacienda Pública y Administración del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad dictámenes que contemplan establecer aumentos porcentuales graduales al Impuesto Predial Urbano para la mayoría de los municipios.
Los aumentos van del 2.5, 3.0 y 4.0 por ciento, todos por debajo del índice inflacionario registrado en el presente año.
Este último porcentaje, que es del 4.0 por ciento, será ligeramente mayor en seis municipios, pero aun así se mantiene por debajo del índice inflacionario.
Para los casos de Ahome, Mazatlán y Salvador Alvarado, el porcentaje de incremento a aplicar a los inmuebles cuyo valor catastral excede los tres millones de pesos, será del 4.48 por ciento.
Para el municipio de Rosario, el porcentaje será del 4.40; para el de Cosalá, del 4.14 por ciento, y para el de Culiacán será del 4.58 por ciento.
Los porcentajes de incremento a aplicar en estos seis municipios para los inmuebles cuyo valor catastral es menor de los tres millones de pesos, serán los mismos del 2.5 y 3.0 por ciento fijados para el resto.
En los casos de Eldorado y Juan José Ríos, por ser nuevos municipios, se aplicarán las tablas correspondientes a los municipios de los que formaban parte antes de su constitución, que en el caso del primero se aplican las de Culiacán, y en Juan José Ríos las de Ahome, El Fuerte, Sinaloa y Guasave.
Votaron a favor de estos aumentos los diputados y diputadas Ambrocio Chávez Chávez, Bernardino Antelo Esper, Víctor Antonio Corrales Burgueño, Erika Rubí Martínez Rodríguez y Rita Fierro Reyes, presidente, secretario y vocales, respectivamente.
De acuerdo a los dictámenes aprobados para cada uno de los municipios, se estableció un artículo Segundo Transitorio con el objeto de establecer que durante el año 2025 el importe del Impuesto Predial en los predios urbanos con o sin construcción, sea mayor respeto del monto que correspondió pagar en el año 2024.
En este sentido los porcentajes de incremento a aplicar serán del 2.5 por ciento a los inmuebles cuyo valor catastral no supere el millón de pesos; del 3.0 por ciento en los casos en que los valores oscilen de 1 millón un peso a tres millones de pesos, y la tasa del 4.0 por ciento a los inmuebles cuyo valor sea superior a los 3 millones de pesos, y para los seis municipios señalados este último porcentaje será ligeramente mayor.
REDACCIÓN/VISIÓN CIUDADANA.