Visión Ciudadana

Embargo por medio del buzón tributario


gilberto sotoDentro de las reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF), se encuentra la adición del articulo 151 bis, el cual establece que se podrán llevar a cabo embargos por medio del buzón tributario y establece los mecanismos y los bienes que se podrán embargar por este medio.

 

Que es en sí lo que nos señala este articulo:

 

La autoridad fiscal, tratándose de créditos exigibles, podrá llevar a cabo el embargo de bienes, por buzón tributario, estrados o edictos, siempre que se trate de los siguientes:

 

I.-Depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida que no formen parte de la prima que haya de erogarse para el pago de dicho seguro, o cualquier otro depósito en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tenga a su nombre el contribuyente en alguna de las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

 

II.- Acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios y en general créditos de inmediato y fácil cobro a cargo de entidades o dependencias de la Federación, Estados y Municipios y de instituciones o empresas de reconocida solvencia.

III.-Bienes inmuebles.

 

IV.-Bienes intangibles

 

 

Para tal efecto, la autoridad fiscal previamente emitirá declaratoria de embargo en la que detallará los bienes afectados, misma que hará del conocimiento del deudor a través de buzón tributario, por estrados o por edictos, según corresponda.

 

Una vez que surta efectos la notificación del embargo, se continuará con el procedimiento administrativo de ejecución.

 

Y si, le van a poder embargar como lo señala la fracción I el dinero de sus cuentas bancarias y recuerde embargar es sustraer.

 

Con esto a la autoridad se le esta otorgando la facultad de poder realizar embargo vía remota, sin establecerse en el domicilio del contribuyente, y habría que sumarle la violación de un derecho que este tiene de acuerdo con el articulo 155 del CFF el cual es señalar los bienes así como a los testigos que darán fe de la diligencia que se esta llevando a cabo, violentando el principio Pro-Persona quitándole un derecho que como Contribuyente tiene.

 

 

CP y MI Gilberto Soto Beltrán

Email: gilsoto70@prodigy.net.mx

Twitter: @gilsoto70

Facebook: Gilberto Soto  


  • 22/05/2026

Por segunda ocasión en el año, llega a Los Mochis la “Feria de Empleo” con más de 400 vacantes

Los Mochis, Sinaloa, 22 Mayo de 2026.- Este viernes se llevó a cabo la segunda Feria del Empleo del...

  • 22/05/2026

Concurso “Cajas Mágicas 2026”: el ingenio que se transforma en arte y tradición dentro del Centro Penitenciario “El Castillo”, en Mazatlán

Mazatlán , Sinaloa, 22 de mayo de 2026.-Las protagonistas de esta historia son las llamadas “Cajas Mágicas”, piezas de...

  • 22/05/2026

Ayuntamiento de Culiacán impulsa acciones para la preservación de las abejas con donación de árboles

Culiacán, Sinaloa; a 22 de mayo de 2026.- En el marco del Día Mundial de las Abejas, el Ayuntamiento...

  • 22/05/2026

Sepan que vamos a seguir con ustedes, que en el Ayuntamiento Las Tapias tienen las puertas abiertas”: Ana Miriam Ramos Villarreal

Culiacán, Sinaloa; viernes 22 de mayo de 2026.- Como parte del compromiso de mantener cercanía y diálogo abierto con...

  • 22/05/2026

Solicita SAyG a productores socios de agrícolas actualizar datos en juntas de sanidad vegetal, para acceder a los apoyos del maíz

Culiacán, Sin., a 22 de Mayo de 2026.- La Secretaría de Agricultura y Ganadería de Sinaloa solicita a todos...