La inminente entrada en funciones de una nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación —producto de la reforma judicial impulsada por el actual régimen— ha despertado un debate profundo y necesario: ¿qué pasará con los criterios, precedentes y jurisprudencias construidas por décadas bajo la tutela de Cortes anteriores?
En un país donde la incertidumbre jurídica se traduce en inseguridad patrimonial, inestabilidad económica y riesgo institucional, no es menor preguntarse si una nueva integración judicial podría “desechar” o desmantelar los criterios que han venido rigiendo la interpretación de los derechos fundamentales, las garantías procesales y los principios del debido proceso en materia fiscal, penal, electoral y administrativa.
La respuesta jurídica es clara: no es posible desechar jurisprudencia previa de manera unilateral ni retroactiva. El marco normativo exige procedimientos formales para emitir nuevas jurisprudencias —como la contradicción de tesis o las decisiones mayoritarias del Pleno— y cualquier criterio nuevo solo aplica hacia el futuro, nunca sobre casos resueltos.
Sin embargo, el riesgo no está solo en lo que el Derecho permite, sino en cómo el poder político influye en su aplicación. La posibilidad de una nueva mayoría alineada ideológicamente, con ministros que deban su cargo a un proceso electivo más político que técnico, abre la puerta a reinterpretaciones constitucionales guiadas por intereses partidistas y no por principios jurídicos.
¿Qué ocurrirá con los criterios que protegen al contribuyente frente a abusos fiscales? ¿Qué futuro le espera a la progresividad de los derechos sociales, o al principio de presunción de inocencia tan trabajado en materia penal?
Las señales no son alentadoras. Mientras algunos sectores celebran el relevo total como un acto de justicia “democratizadora”, otros vemos con preocupación una borradura institucional disfrazada de cambio. La jurisprudencia no es un archivo viejo que se puede arrastrar a la papelera. Es memoria constitucional. Es el resultado de décadas de construcción interpretativa de derechos, límites al poder y equilibrios democráticos.
La Corte que viene tiene el deber de honrar ese legado, no de desmantelarlo.
Si olvida la historia jurídica que la antecede, no solo desecha criterios. Desecha también la legitimidad misma de impartir justicia.
CPC, LD y MI Gilberto Soto Beltrán
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