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Fue otorgada por el Juez Octavo de Distrito la suspensión provisional como respuesta a tres amparos interpuestos por consejeros universitarios contra actos del Congreso del Estado de Sinaloa con sede en Culiacán y otras autoridades, en relación a la Ley de Educación del Estado de Sinaloa específicamente a que viola la Autonomía Universitaria.
 
Lo anterior se dio a conocer durante Sesión Extraordinaria Permanente que este día reanudó el H. Consejo Universitario vía zoom, encabezado por el Rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), doctor Jesús Madueña Molina, para conocer del avance en la lucha legal que se mantiene para la defensa de la Autonomía Universitaria.
 
“Los primeros amparos interpuestos la semana pasada por parte de algunos compañeros universitarios, el día de hoy ya un juez otorgó suspensión provisional, lo cual evita que en los próximos días, mientras exista esta suspensión, el Congreso no podrá hacer ningún acto en contra de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Sinaloa”, expresó el Rector al considerar que es una noticia muy importante, le otorga la razón a los universitarios de que la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa vulnera la autonomía universitaria.
 
El director de Asuntos Jurídicos, doctor Robespierre Lizárraga Otero, detalló que el número de expediente 170/2023 se tramitó el amparo para solicitar la suspensión provisional por actos promovidos por el Congreso del Estado y otras autoridades y que se atendieran unos conceptos de violación, a lo cual ya se cuenta con fecha de audiencia para el 14 de marzo del presente año.
 
“¿Qué reclamamos en este amparo que fue de alguna forma recibido y tramitado por el juzgado octavo en el sur del estado? se solicita atender como actos reclamados la iniciativa, discusión, aprobación, promulgación, expedición, orden de publicación, rúbrica, refrendo, publicación y ejecución del Decreto 407 que contiene la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa, específicamente sus artículos 3°, párrafos tercero y cuarto, 51, fracción VIII, y artículo 59”, precisó el abogado general de la UAS.
 
Así mismo indicó que los efectos para los cuales se solicitó la medida cautelar son: que se suspenda cualquier ejecución de los actos impugnados; que se ordene al Congreso del Estado se abstenga de realizar cualquier convocatoria y organización de consulta a la comunidad universitaria con la teleología de adicionar, modificar, derogar, reformar o abrogar la totalidad de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Sinaloa, o bien, de algunos de sus preceptos, hasta en tanto se resuelva definitivamente la litis constitucional.
 
También que  se ordene al Congreso del Estado de Sinaloa se abstenga de emitir orden de comparecencia al Rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa; se ordene al Congreso del Estado de Sinaloa y a las autoridades señaladas como responsables se abstengan de obstaculizar la ministración de recursos económicos a la Universidad Autónoma de Sinaloa, se ordene a las autoridades responsables no emitan actos que afectan la vida interna universitaria y se les exhorte para que no denosten la honorabilidad de la Universidad Autónoma de Sinaloa ante los medios de comunicación.
 
 
 
 
 
 
REDACCIÓN/VISIÓN CIUDADANA.